Art. 256.
El documento notarial o administrativo en que se
formalicen los contratos de suministro del n�mero 2 del art�culo
237 del presente Reglamento deber� contener los siguientes requisitos:
- 1. Autoridad y empresario intervinientes, con referencia a su competencia y capacidad
jur�dica, respectivamente.
- 2. Los antecedentes administrativos del contrato siguientes:
- a. Fecha de aprobaci�n del Pliego de Bases, de la contracci�n del gasto y de su
fiscalizaci�n previa.
- b. Copia de la disposici�n administrativa que orden� la celebraci�n del contrato y
del acuerdo de adjudicaci�n.
- 3. Definici�n de los bienes objeto del contrato.
- 4. Plazo de entrega de los bienes. Si los bienes se hubiesen entregado anticipadamente a
la Administraci�n, se har� constar as� en el contrato, indicando fecha, lugar y �rgano
recipiendario. Cuando la entrega formal coincida con la de formalizaci�n del negocio
tambi�n se indicar�.
- 5. Precio que se obliga a abonar el Estado y momento en que se har� efectivo al
empresario.
- 6. Plazo de garant�a para la ulterior comprobaci�n de los bienes a los efectos de
saneamiento y vicios ocultos.
- 7. Fianza definitiva prestada por el empresario.
- 8. R�gimen de penalidades y de gastos contractuales.
- 9. Sumisi�n del empresario al Pliego de Bases del suministro, al presente Reglamento y
a la jurisdicci�n contencioso-administrativa.