7. REGISTRO DE RESULTADOS

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Para cada tipo de sistema comprobado, deberá registrarse las verificaciones realizadas, de modo que sirvan para el seguimiento de las mismas, y para la adopción de las medidas de mejora oportunas.

7.1 CRITERIO DE CODIFICACIÓN DE EQUIPOS

La cantidad y variedad de equipamiento presente en los túneles hace necesario que la identificación de los equipos no de lugar a confusiones.

De este modo, es necesario tener un criterio de codificación claramente definido, del tipo del que recogemos a continuación.

De este modo, un ejemplo de codificación de un equipo sería VENTU103: ventilador ubicado _en el túnel 1 y en el tercer lugar contándolo desde la entrada del túnel y comenzando desde el carril de circulación lenta.

SOITU205 correspondería a un poste SOS de interior ubicado en el túnel 2 y en la quinta posición de acuerdo con el criterio anterior.

En cualquier caso, antes de utilizar la codificación propuesta por el equipo de inspección, se comprobará si existe ya una codificación adecuada que esté siendo utilizada por el equipo de explotación de los túneles.

En túneles que consten de centro de control, con Software especializado para la gestión de los túneles, ya existirá este tipo de codificación. Si no fuera así, debe recomendarse su implantación.

7.2 HOJAS DE REGISTRO DE DATOS DE LA INSPECCIÓN

7.2.1 CRITERIOS DE DISEÑO DE LOS FORMULARIOS

Los formularios de registro de datos deben ser fácilmente comprensibles y recogidos en una base de datos.

7.2.2 FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DE TÚNELES Y DESCRIPCIÓN DE LA INSPECCIÓN REALIZADA

La siguiente información deberá aparecer en el formulario de la inspección realizada:

A la descripción general de la inspección realizada se adjuntarán las fichas concretas de registro de datos para toda la estructura e infraestructura analizada.

El resultado de la inspección se concretará en un Acta que deberán firmar el (los) inspector (es) actuante (es) y el gestor del túnel.