Por Orden de 23 de mayo de 1989, del entonces Ministro de Obras P�blicas y Urbanismo se aprob� la Instrucci�n 6.1 y 2-IC "Secciones de firme". El tiempo transcurrido desde entonces ha aconsejado su revisi�n para adaptarla al incremento del tr�fico, al estado actual de las carreteras espa�olas, a la evoluci�n tecnol�gica de los materiales y sistemas constructivos espec�ficos de la pavimentaci�n.
Por otra parte, la experiencia derivada de su aplicaci�n ha puesto de manifiesto la necesidad de obtener explanadas con mayores garant�as en cuanto a uniformidad estructural, durabilidad e insensibilidad frente a la acci�n del agua. Por ello el nuevo cuadro de explanadas que se presenta supone una clara mejora de las propiedades resistentes de las mismas.
Con respecto a las secciones de firme se ha optado por simplificar el n�mero de alternativas posibles, de forma que se recogen exclusivamente las soluciones que se han comportado como las m�s adecuadas para las condiciones de tr�fico, clima y disponibilidad de suelos y materiales de construcci�n en nuestro pa�s. Finalmente se han adaptado las categor�as de tr�fico al incremento del mismo en estos �ltimos a�os.
Por las razones antes expuestas, y de conformidad con lo establecido en la Disposici�n adicional segunda de la Ley 25/88, de 29 de julio, de Carreteras, y en los art�culos 29, 40, 51 y en la Disposici�n final �nica del Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/94,de 2 de septiembre, modificado por Real Decreto 597/99,de 16 de abril, y cumplidos los tr�mites establecidos en la Ley 50/97, de 27 de noviembre,del Gobierno y en el Real Decreto 1337/99, de 31 de julio, por el que se regula la remisi�n de informaci�n en materia de normas y reglamentaciones t�cnicas y reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la informaci�n, y en la Directiva 98/34 CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de junio, modificada por la Directiva 98/48/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo,de 20 de julio, dispongo:
Se aprueba la Norma 6.1-IC "Secciones de firme "de la Instrucci�n de Carreteras, que figura como anejo a esta Orden.
La Norma 6.1-IC "Secciones de firme ", con las prescripciones en ella establecidas, se aplicar� a los proyectos y a las obras de firmes de nueva construcci�n, de acondicionamiento, o de reconstrucci�n total de firmes existentes en carreteras.
Queda derogada la Orden de 23 de mayo de 1989, del entonces Ministro de Obras P�blicas y Urbanismo, por la que se aprob� la Instrucci�n 6.1 y 2-IC "Secciones de firme " y aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta Orden.
Esta orden entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el Bolet�n Oficial del Estado. (se public� en el BOE de 12-12-03).
Madrid,28 de noviembre de 2003.
�LVAREZ-CASCOS FERN�NDEZ