ZAHORRA ARTIFICIAL: Mezcla de aridos, total o parcialmente machacados, en la que la granulometria del conjunto de los elementos que la componen es de tipo continuo. (PG-3_1976)
ZAHORRA ARTIFICIAL: Material granular formado por �ridos machacados, total o parcialmente, cuya granulometr�a es de tipo continuo. (PG-3_1986) (6.1 y 2-IC_1989)
ZAHORRA NATURAL: Material formado por �ridos no triturados, suelos granulares, o una mezcla de ambos, cuya granulometr�a es de tipo continuo. (PG-3_1986) (6.1 y 2-IC_1989)
ZAPATA: Macizo de hormig�n que transmite las cargas al terreno. (IAP_1998)
ZONA DE AFECCION DE LAS CARRETERAS ESTATALES: Franjas de terreno a ambos lados de la carretera, delimitadas interiormente por la zona de servidumbre y exteriormente por dos l�neas paralelas a las aristas exteriores de la explanaci�n a una distancia de 100 metros en autopistas, autov�as y v�as r�pidas, y de 50 metros en el resto de las carreteras, medidas desde las citadas aristas. Para ejecutar en la zona de afecci�n cualquier tipo de obras e instalaciones fijas o provisionales, cambiar el uso o destino de las mismas y plantar o talar arboles se requerir� la previa autorizaci�n. En las construcciones e instalaciones ya existentes en la zona de afecci�n podr�n realizarse obras de reparaci�n y mejora, previa la autorizaci�n correspondiente, una vez constatados su finalidad y contenido, siempre que no supongan aumento de volumen de la construcci�n y sin que el incremento de valor que aqu�llas comporten pueda ser tenido en cuenta a efectos expropiatorios. La denegaci�n de la autorizaci�n deber� fundarse en las previsiones de los planes o proyectos de ampliaci�n o variaci�n de la carretera en un futuro no superior a diez a�os. (Ley 25/88 de Carreteras)
ZONA DE SERVIDUMBRE DE LAS CARRETERAS ESTATALES: Franjas de terreno a ambos lados de las carreteras estatales, delimitadas interiormente por la zona de dominio p�blico y exteriormente por dos l�neas paralelas a las aristas exteriores de la explanaci�n a una distancia de 25 metros en autopistas, autov�as y v�as r�pidas, y de ocho metros en el resto de las carreteras, medidas desde las citadas aristas. En la zona de servidumbre no podr�n realizarse obras ni se permitir�n m�s usos que aquellos que sean compatibles con la seguridad vial, previa autorizaci�n. (Ley 25/88 de Carreteras)
ZUNCHO: Chapa de acero que se intercala entre cada dos capas de elast�mero limitando su deformabilidad en el caso de cargas verticales y por lo tanto aumentando notablemente la rigidez del aparato de apoyo. (RECOMENDACIONES PARA EL PROYECTO Y PUESTA EN OBRA DE LOS APOYOS ELASTOMERICOS PARA PUENTES DE CARRETERA. MOPU 1982)