Cuando el contrato se refiera a suministros menores que hayan de verificarse directamente en establecimientos comerciales abiertos al p�blico, podr� sustituirse el correspondiente pliego por una propuesta de adquisici�n razonada.
Se considerar�n suministros menores aquellos que se refieran a bienes consumibles o de f�cil deterioro, cuyo importe total no exceda de 100.000 pesetas (art. 86 LCE).
La disposici�n anterior es especialmente aplicable a las compras de v�veres, libros, material de oficia y enseres an�logos para los servicios administrativos que se realicen por los funcionarios habilitados al efecto cuando el importe de cada factura no exceda de 100.000 pesetas.