Art. 238 ter.
A las licitaciones de suministro que deban publicarse
en el "Diario Oficial de las Comunidades Europeas", les ser� de aplicaci�n,
adem�s de lo establecido en los art�culos 96 y 96 bis de este Reglamento, las siguientes normas especiales:
- 1. En el procedimiento abierto, cuando los empresarios hayan solicitado en tiempo
h�bil los pliegos de bases y los documentos complementarios, el �rgano de contrataci�n
o el servicio correspondiente deber� remitirlos dentro del plazo de cuatro d�as h�biles
siguientes al de la recepci�n de la petici�n.
- 2. En el procedimiento restringido, cuando la Administraci�n considere conveniente
conocer determinada informaci�n sobre la situaci�n del empresario para su selecci�n,
as� como los casos en que se exija al mismo condiciones m�nimas de car�cter financiero,
econ�mico y t�cnico, conforme a lo dispuesto en el art�culo
320 de este Reglamento, el empresario deber� proporcionar la correspondiente
informaci�n mediante declaraciones ulteriormente verificables.
El �rgano de contrataci�n acompa�ar� a la invitaci�n que
simult�neamente efect�e a los candidatos seleccionados, los pliegos de bases y los
documentos complementarios, haciendo indicaci�n del plazo durante el cual deben mantener
su oferta.
- 3. En cualquier caso, en ambos procedimientos, cuando un empresario haya solicitado
en tiempo h�bil informaciones complementarias sobre los pliegos de cl�usulas
administrativas particulares o de prescripciones t�cnicas, el �rgano de contrataci�n
deber� comunicarlas al solicitante con seis d�as de anticipaci�n, como m�nimo, al
�ltimo del plazo se�alado para la recepci�n de las ofertas. Dicho plazo de seis d�as
se reducir� a cuatro en el tr�mite de urgencia. (Creado en el R.D. 2528/86)